Desde que existe la humanidad, el ser humano en su proceso evolutivo fue descubriendo que los mayores logros se producían al compartir en comunidad, en el compartir el conocimiento, la protección de los miembros del grupo y la continuidad de la especie.
Si bien eran evidentes los beneficios y el crecimiento que surgían del intercambio y la organización grupal, también comenzaron a surgir conflictos, disparidades y también muchas desigualdades. Esto dio paso a que, así como se debía administrar el trabajo, también se debía organizar y administrar la justicia.
Para mejor comprensión, se entienden aquí los conflictos como los intereses contrapuestos, las desarmonías, la desproporción de fuerzas entre los integrantes del grupo. En la medida que los grupos humanos fueron creciendo, las relaciones sociales se fueron complejizando y los conflictos se fueron multiplicando.
Ante este panorama, se fueron formando los estados que monopolizaron la administración de justicia para compensar las desigualdades entre los miembros de cada grupo hasta llegar al ordenamiento jurídico tal como lo conocemos hoy en día. Nuestro ordenamiento jurídico es un sistema que discrimina cuales son las relaciones sociales que ha de proteger estando estas nominadas de antemano por el legislador, fuera de esa nómina, las resoluciones de los conflictos quedan al libre arbitrio de los individuos donde la gran mayoría de las veces los conflictos no se gestionan de la manera más favorable y los desenlaces devienen en resultados muchas veces drásticos y casi siempre insatisfactorios.
En este contexto, donde nuestro sistema jurídico que solo tutela aquellas relaciones sociales y conflictos que considera dignos de ser atendidos, ha quedado rígido y limitado ante una realidad social que lo desborda con una dinámica altamente conflictiva que ha sido denominada como la “cultura del litigio” cada vez más compleja que viene erosionando la confianza en la justicia.
Ante esta realidad que luego de la segunda guerra mundial se comprendió que la humanidad no podía volver a darse el lujo de violencia, fueron surgiendo a nivel mundial los métodos alternativos de resolución de disputas que fueron alcanzando y consolidando un alto nivel científico para dar una repuesta pacifica a conflictos que parecían irreconciliables de un modo económico, rápido y confiable.
Este movimiento de resolución alternativas de disputas (R.A.D.) alcanzo tal relevancia que la O.N.U. lo incluye en la agenda de “promoción de la cultura de la paz y la no violencia”. Este movimiento global no resulto indiferente a nuestro ordenamiento que viene implementando esta solución alternativa de forma exitosa en los últimos veinticinco años y viene en franco crecimiento.
Más precisamente en nuestra provincia, desde hace tres años viene en trayectoria de implementarse la mediacion obligatoria como condición previa a un amplio número de demandas con el fin de descongestionar nuestro saturado sistema judicial y para eso ya se están disponiendo los medios en el colegio de abogados de la séptima circunscripción (Cruz del Eje) para brindar este gran servicio contando con profesionales de altamente capacitados y comprometidos con el desafío de instalar la cultura del dialogo y la paz.
Por el Dr Fernando Layus
http://dlvr.it/S6n4Sx
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02 septiembre 2021
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